Detalle de la Notificacion:

En esta página se muestra la NOTIFICACION PRIVADA para cada ACADÉMICO con todo el contenido.

INFORME que emiten los doctores Guillermo Orozco Pardo y Margarita Orozco González sobre algunos de los desafíos de IA en materia de derechos de autor, censura y mercado de obras literarias.

I.- IA Y PROPIEDAD INTELECTUAL:

            Las nuevas tecnologías han ocasionado un aumento de la fragilidad de los derechos de autor ya que mediante la digitalización se acaba con el concepto de “obra original” – soporte único – dando lugar a la difusión de un número de copias “originales” indefinido, o de obras digitales sin soporte material – las llamadas “Non Fungible Token” o NFT – y su circulación sin control por INTERNET, facilitando reproducciones no autorizadas y modificaciones no consentidas por el autor de la obra original.

          La llamada IA generativa es una tecnología que parte de los modelos de aprendizajeprofundo que están entrenados con conjuntos grandes de datos. Los modelos de IA generativa se utilizan para generar datos nuevos, lo cual la diferencia de los modelos de IA discriminativa, que se usan para clasificar datos en función de las diferencias. En la actualidad, las aplicaciones con esta tecnología se utilizan para generar textos, imágenes, código y mucho más. Los casos prácticos más comunes son los chatbots, la creación y la edición de imágenes, trabajos, relatos, poemas y la asistencia para la creación de código de software y la investigación científica.

              Por tanto, la IA “generativa” usa modelos básicos, es decir, grandes modelos de IA, que pueden trabajar en varias tareas y llevar a cabo tareas pre-configuradas, como resúmenes, preguntas y respuestas, clasificación, etc. Además, al requerir una preparación mínima, los modelos básicos se pueden adaptar a casos prácticos concretos con muy pocos datos de ejemplo. La IA generativa usa un modelo de aprendizaje automático para aprender los patrones y las relaciones de un conjunto de datos de contenido creado por personas. A continuación, utiliza los patrones aprendidos para generar contenido. La forma más habitual de preparar un modelo de IA generativa es usar el aprendizaje supervisado, que es un conjunto de contenido creado por personas y las etiquetas correspondientes. A continuación, aprende a generar contenido similar al creado por personas y etiquetado con las mismas etiquetas. (Cfr. Google Cloud)

            La dimensión del desafío que esta tecnología supone para los creadores literarios es relevante,  ya que no se trata de una simple reproducción – plagio servil – ni de variaciones lingüísticas sobre un texto – plagio disimulado – ni tampoco de la copia de argumentos, situaciones y personajes – plagio ideal – que de una forma u otra pueden ser detectados por el software diseñado para ello – aplicaciones como Turnitin, etc. – ni de “obras derivadas” sino  de “creaciones” fruto del análisis y aprendizaje sobre modelos precedentes “creados” por personas y que contienen una cierta “novedad”  con respecto a los modelos utilizados. Por lo pronto, el Reglamento de la UE sobre Inteligencia Artificial contiene la regulación de los sistemas de inteligencia artificial generativa, en los que se basan modelos como ChatGPT,de la empresa OpenAI, Bard, de Google o Copilot de Microsoft. Tendrán que cumplir criterios de transparencia, como especificar si un texto, una canción o una fotografía se han generado a través de la inteligencia artificial y garantizar que los datos que se han empleado para entrenar a los sistemas respetan los derechos de autor.

            Pero con esta normativa no tenemos suficiente fundamento para hacer frente al desafío de la IA y ello nos va a obligar a revisar conceptos jurídicos afianzados en nuestro Ordenamiento como “creación”, “originalidad” y la tipología de obras de creación compartida o derivada y en esta tarea la cooperación del jurista, en su dimensión “literaria”, y demás “profesionales del verbo” como los filólogos y los creadores literarios va a ser determinante para imponer unos principios éticos, unos límites y dotar de nuevos contenidos y significados a las normas que han de disciplinar este avance. En estos momentos, el desafió proviene la Inteligencia Artificial “generativa” entendida la capacidad de la máquina gobernada por algoritmos que puede crear ideas y contenidos nuevos, como conversaciones, historias, imágenes, videos y música. Para 2025 se espera que el 90% de los contenidos disponibles en la Red sean generados con la ayuda de IAG.

II.- IA Y CENSURA LITERARIA:

De otro lado, los algoritmos ya se utilizan para “decidir” si el contenido de una obra es o no licito, moral o, cierto o “políticamente correcto. Se producen “algoritmos de rastreo” entrenados por medio de un catálogo que les permiten identificar textos ilícitos en base a que contienen grupos de palabras incluidas en su “catalogo censor” y con ello identifican escritos, discursos y demás obras que cuya divulgación puede ser impedida o limitada. Pero el algoritmo “aprende” e identifica textos utilizando un conjunto de “palabras clave” y va perfeccionando su capacidad de detectar mediante la relación entre palabras y el dialogo de éstas entre sí, con ello establece “patrones y jerarquías      “ de mayor o menor gravedad de la ilicitud de esos contenidos.

Entre otros problemas – falta de transparencia en su diseño, ausencia de supervisión humana -los expertos ponen de relieve que el procesamiento de “lenguaje natural” es uno de los campos en los que la IA sigue siendo deficiente, por lo que no puede discernir cual es el contexto en que crea y emite el contenido, su intencionalidad y el tipo de registro en el que se encuadra y, sin embargo, el “Robot censor” adopta su decisión, aun cuando o pueda “explicarla” ni razonar su fundamento. La metáfora de la llamada “black box” -caja negara – viene a ilustrar la imagen de la pérdida de control sobre la evolución trazabilidad y comprensión de la operatividad del algoritmo que puede llevar a “decisiones y a “predicciones” sesgadas. (“La nueva censura digital del algoritmo a la Inteligencia Artificial”)

            CEDRO ya avisa de que la falta de una regulación específica para la IAG permite que se utilicen obras de gorma masiva sin autorización alegando” fair  use”, y la Directiva sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado digital no facilita una solución ya que estima que la propiedad intelectual no debe ser un limite al desarrollo tecnológico. Y nuestro Decreto Ley de 2021 no mejora el panorama ya que “asume” el concepto de “pastiche” (“tomar elementos de característicos de la obre de un artista y combinarlos de forma que den la impresión de ser una obra independiente” DRAE) como nuevo limite a los derechos de autor, que busca establecer un equilibrio entre el derecho a la creación literaria y artística, la propiedad intelectual y el mercado digital. Con ello se consagra el “no plagio” y se abre la puerta al “robot autor” cuyas “creaciones” serán fruto del acervo cultural aportado por los autores humanos, pero se podrán confundir con las suyas y se plantearan nuevos problemas: quién es el titular de los derechos, a qué tipo de obras pertenecen, habrá autocensura frente a sesgos lesivos e imitaciones.

 III.- IA Y MERCADO LITERARIO:

            Escritores, artistas, docentes, investigadores y críticos comparten sus obras, críticas y resultados de sus investigaciones en la Redes sociales lo que las convierte en foros de difusión de la Cultura y medio de acceso de jóvenes y mayores al conocimiento de la Cultura y sus obras Ejemplo de ello es lo que hoy se viene denominando “Book Tok”, es decir, el “TikTok” de los lectores. Y, como se sabe, tales plataformas están monitorizadas y gestionadas por “algoritmos” que van perfilando a sus usuarios y en su “feed” o “Para ti” les orientan, sesgadamente o no, hacia aquello que consideran que les puede interesar preferentemente. De esta manera, las redes como Instagram o TikTok, o sus algoritmos, se han convertido en los críticos literarios que recomiendan a sus “seguidores”- jóvenes o mayores – qué lecturas han de disfrutar.

Así mismo, los “influencers “literarios” comentan, analizan y recomiendan obras creando contenidos con reseñas y textos de sus libros preferidos que son recomendados a sus seguidores. De la suma de la actividad de ambos “actores sociales” – algoritmos e influencers – surgen “rankings”, listas de recomendaciones en función de temáticas, nivel de difusión o aceptación – “likes”- donde ser ecogen obras o partes de las mismas que son las favoritas de tales “booktokers” creando estanterías digitales completas de obras ordenadas por diversos criterios de materias, aceptación, orientación política, etc. Y son de tal relevancia que crean tendencias y con ello influyen en el mercado literario y, en ocasiones, convierten en “best seller” una obra desconocida o irrelevante.

Este fenómeno, con ser positivo en cuanto da entrada a los jóvenes en el mundo de la literatura, con relevante presencia femenina, está produciendo un efecto no deseado: el descenso de la presencia de las obras de los clásicos y el aumento de las obras de lectura fácil, barata e intrascendente, algo así como la llamada “comida rápida” en “fast reading”: por ejemplo, se nota un incremento de la difusión de obras de erotismo, autoayuda, esoterismo, etc.

Pero, además, ha favorecido otra distorsión: la llamada lectura “ en diagonal”, que permite leer con mayor velocidad y de forma “relajada” desconectando con el texto ya que se trata de leer la primera línea del texto  para seguir atendiendo a palabras clave de izquierda a derecha , descendiendo por su contenido de forma diagonal” – recuerda algún tipo de pasatiempos – lo que permite “leer” muchos libros en poco tiempo frente a los lectores “tradicionales” que han de invertir mas horas en su lectura.

Finalmente, “influecers” y algoritmos, son los actores que están “perfilando” el mercado editorial, desbancando a la Crítica, las librerias y las editoriales como los actores principales del diseño de la política del mercado literario a la hora de definir las líneas de publicaciones. Las editoriales cada vez atienden más a estas orientaciones de videos virales, “likes” y demás “BookTok” para decidir su política editorial. Así, envían manuscritos y obras a estos “actores” e invierten parte de su presupuesto de publicidad en el ámbito de las redes sociales.

Pero tengamos presente que esta “competencia” de las redes sociales frente a los canales tradicionales de difusión de la Cultura y sus bienes, puede convertirse en algo positivo si los “actores sociales acreditados” como las Academias fomentan el debate en su seno de tales asuntos y proponen soluciones difundidas tanto en los ámbitos tradicionales, como en esas mismas redes sociales e, incluso, creando sus propias plataformas al efecto.

            Es todo cuanto tenemos el honor de informar en Granda a 21 de febrero de 2025

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